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COMUNICADO
 
El dia sábado 19 de los corrientes se ha publicado en el diario oficial "El Peruano" el Decreto Supremo N° 054-2006-RE, mediante el cual se excluyen de la relación de países que contiene el anexo del D.S. N° 23-95-RE, para fines de la exención de visas temporales de turista, para el ingreso al Perú, a los nacionales de México, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Panamá.
 
Sobre el particular el artículo segundo del citado Decreto Supremo establece que los nacionales de los paises en mención, en aplicación del principio de reciprocidad, requerirán de visa temporal, en la calidad migratoria de turista, para el ingreso al Perú hasta por 90 días, prorrogables de acuerdo a ley. Asimismo, cabe precisar que el Decreto Supremo en mención entró en vigencia el domingo 20 de agosto del presente año.
 
Se agradecerá tener presente que, de momento, para el ingreso con la visa de turista temporal, de los nacionales de México, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Panamá, los interesados deberán efectuar la solicitud personalmente con su pasaporte vigente ( con un mínimo de 6 meses), pago de los derechos consulares por US$ 30.00 y acreditar solvencia economica ( con carta de trabajo y/o carta de referencias bancarias y/o copias de tarjetas de credito).
 
Pueden formular sus consultas al 269-6641 o apersonarse al PH World Trade Center Piso 12 Oficina 1204, Marbella. Se adjunta el formulario para solicitud de visas y requisitos.
 
Panamá, 22 de agosto de 2006
 

 

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