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COMUNICADO
El
dia sábado 19 de los corrientes se ha publicado
en el diario oficial "El Peruano" el
Decreto Supremo N° 054-2006-RE, mediante el cual
se excluyen de la relación de países que
contiene el anexo del D.S. N° 23-95-RE, para
fines de la exención de visas temporales de
turista, para el ingreso al Perú, a los
nacionales de México, Costa Rica, El Salvador,
Guatemala, Honduras y Panamá.
Sobre
el particular el artículo segundo del citado
Decreto Supremo establece que los nacionales de
los paises en mención, en aplicación del
principio de reciprocidad, requerirán de visa
temporal, en la calidad migratoria de turista,
para el ingreso al Perú hasta por 90 días,
prorrogables de acuerdo a ley. Asimismo, cabe
precisar que el Decreto Supremo en mención entró
en vigencia el domingo 20 de agosto del presente año.
Se
agradecerá tener presente que, de momento, para
el ingreso con la visa de turista temporal, de los
nacionales de México, Costa Rica, El Salvador,
Guatemala, Honduras y Panamá, los interesados
deberán efectuar la solicitud personalmente con
su pasaporte vigente ( con un mínimo de 6 meses),
pago de los derechos consulares por US$ 30.00 y
acreditar solvencia economica ( con carta de
trabajo y/o carta de referencias bancarias y/o
copias de tarjetas de credito).
Pueden
formular sus consultas al 269-6641 o apersonarse
al PH World Trade Center Piso 12 Oficina 1204,
Marbella. Se adjunta el formulario para solicitud
de visas y requisitos.
Panamá,
22 de agosto de 2006
Viajes
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